El seguro de caución es un contrato de garantía que la compañía de seguros otorga para cubrir las pérdidas producidas por el incumplimiento de ciertas obligaciones adquiridas por parte del asegurador o del tomador del seguro, frente al acreedor de esas obligaciones, quien resultará ser el asegurado.
Dicho seguro va dirigido a empresas que realicen contratos con la Administración pública.
La ley de Contratos con la Administración Pública obliga a aquellas empresas que quieran formalizar contratos a presentar un seguro de Caución que además:
- Aumenta la capacidad crediticia del Tomador del seguro. No supone un riesgo bancario.
- Disminución de la deuda exigible en los balances del Tomador del seguro.
- Las compañías de Seguros especializadas ofrecen un servicio más completo y ágil.
CUADRO RESUMEN DE COBERTURAS
Existen tres modalidades de seguro de Caución o tres posibles garantías exigibles:
- Garantía de Licitación o Provisional. Toda empresa que se presente a concurso para la contratación de obras públicas, necesita presentar una garantía que asegure a la Administración la formalización del contrato.
- Garantía de ejecución. Cuando el adjudicatario ha sido elegido por la mesa de contratación, debe firmar el contrato y presentar una garantía definitiva que garantice el cumplimiento del mismo.
- Garantías complementarias, anticipos o abonos a cuenta. Si la administración adelanta cantidades al contratista (o tomador del seguro) por acopio de materiales, se presentará una garantía hasta que los materiales estén incorporados a la obra.